Otra cosa sería una caravana o similar, pero son cosas diferentes. Ignoro esa Normativa, y supongo que en cualquier caso se trataría de una Directiva que los paises que no tienen legislación al respecto debieran aplicar. En cualquier caso, cuando hay múltiples leyes o normativas (urbanísticas o de edificación), siempre y en todo momento «gana» la mucho más restrictiva.
Si pudierais informarme un tanto sobre la legalidad del tema y sobre las repercusiones que pueden traer le estaria muy complacido gracias y un saludo. Esta salvedad que comento en el producto es relativa a la Ley del Suelo de Galicia. No sé dónde se encuentra tu parcela, pero aún estando en Galicia, al tratarse de una excepción recogida en la propia Ley, te aconsejaría que te pasases por el Ayuntamiento y preguntases en Urbanismo. Una autocaravana no se puede considerar una casa, por lo tanto, no tiene la posibilidad de tener ni licencia de primera ocupación, ni cédula de habitabilidad ni nada semejante.
Requisitos Urbanísticos:
Entiendo que sí podrías realizar tareas de cuidado sobre la construcción que existe (cambiar el tejado, adecuar fachadas, etcétera.) pero piensa que el uso de hoy es de «almacén» (según comentas). Quizás un pequeño aseo pudiese ser posible, pero no lo tengo claro. El suelo urbanizable no sectorizado posiblemente algún día se logre convertir en edificable, pero no a corto ni a medio plazo. A efectos legales, y hasta donde yo sé, es como si fuese rústico. Pero quiero asegurarme antes de comprar la finca que no estare cometiendo ninguna ilegalidad. Yo la finca la deseo para una casita realmente simple para poder pasar los fines de semana y poder tener un huerto .
Para comenzar habría que comprender de qué municipio y red social autónoma se habla, y después preguntar su normativa sobre esto para poder ofrecer una contestación lo más ajustada posible. Dando respuesta a tu pregunta he de decirte que tanto el contenedor como la caravana NO están permitidos para poner en suelo rústico . Esta es otra de las inquietudes más comunes día a día en una oficina técnica Municipal.
Y Si Tengo Una Parcela Edificable… ¿puedo Poner Una Casa Móvil O Prefabricada?
Aparte de estas condiciones, la parcela tendrá que tener una área mínima, según el género de Suelo edificable en el que se haye (Urbano, de Núcleo Rural, etcétera.). Un Suelo Edificable es aquel que, según la normativa urbanística municipal, es apto para construir. El principal requisito urbanístico para lograr crear una vivienda es que la parcela se encuentre en un Suelo EDIFICABLE. Cabe recordar que el Arquitecto es el único técnico competente para realizar proyectos de obra nueva premeditados a empleo vivienda. Para rehabilitación de casas, las titulaciones competentes son Arquitectura o Arquitectura Técnica .
En el que la vivienda se constituye de 2 plantas, el bajo figura como almacen 40m2 y la primera planta como vivienda 90m2. Hay algunas empresas que comercializan este tipo de edificaciones, y precisamente su nivel de prefabricación es muy alto, pudiendo llegar a montarlas uno mismo. Existen muchos géneros de cabañas prefabricadas en el mercado, y la mayoría están fabricadas en el extranjero, más allá de que distribuidas directamente por compañías locales.
Otra opción sería una escalera de caracol o alguna particular, pero para usar todos los días son muy incómodas. Personalmente, creo que el hosting rural no estaría permitido en ese género de suelo, pero yo para nada soy experto en estos temas. Respecto al matiz de “destinadas a usos residenciales vinculados a la explotación agrícola o ganadera” es una salvedad recogida en la Ley del Suelo de Galicia (no sé si en otras comunidades asimismo la tienen), pero se debe tratar como eso, como una excepción.
¿se Puede Construir Una Vivienda De Aperos En Terreno Rústico?
“Por lógica, este tipo de viviendas tienen la posibilidad de burlar la normativa urbanística, ya que tienen la posibilidad de implantarse sin acometidas de servicios”, explica el buscador. Para entender qué es suelo rústico y \’mobil home\’ el portal web Idealista definió ambos conceptos. Antes de comenzar con la construcción de una vivienda de aperos en lote rústico hay que dirigirse al ayuntamiento donde se encuentra la parcela, llevar a cabo la petición del permiso o la licencia de obra adjuntando una memoria agronómica firmada por un técnico calificado.
En España, la primordial normativa técnica a cumplir es el Código Técnico de la Edificación . Una vez construida la vivienda hay que inscribirla en el Registro de la Propiedad y en el catastro. Para esto es preferible tener expertos especialistas, que puedan ofrecerte el asesoramiento personalizado que requiera tu situación. La causa de la confusión al respecto es que, de entrada, no está tolerada la construcción de una vivienda. No como segunda residencia, de recreo o con fundamentos no expertos.
Eso sí, hay que matizar que no es que la vivienda pase a ser «legal», sino que dejaría de ser «ilegal». Estaría como en un limbo, pero digamos que a la administración se le pasaría el plazo para reconocer esa ilegalidad. En un caso así, la manera de cumplirlas todas es tener un pasillo de ancho igual o mayor que 1,10 metros. La única forma de justificar el cultivo como actividad sería que verdaderamente fuese un negocio y vivieses y también ello. Aún de esta manera, la edificación tendría que cumplir la normativa pertinente.
Buenas tardes, habría que estudiar la parcela concreta, y la normativa específica del Concejo, pero en todo caso, no hay duda de que habría que soliciar una licencia. Tengo un terreno rústico en el cual ya hay construida legalmente una vivienda desde los años 70. Hemos preguntado para poner una caseta tipo trastero como almacén De 8 a 9 m cuadrados y nos comunican que es imposible y que legalmente solo podemos poner vivienda y soliciar el permiso de vivienda con emprendimiento. Hasta qué punto sería edificable un lote que en catastro consta como rustico pero que según el PXOM del Municipio consta como urbanizable?. En este caso en concreto sé que en el PXOM de tal ayuntamiento se establece un plan de desenvolvimiento parcial para la zona en cuestión. Además, en caso de ser urbanizable en condiciones específicas como casas colectivas….